Los actores:
Ruth Fonseca
Jonatan Bustos
Osvaldo Cáceres
Esteban Marroni
Ulises Ayala
Marcelo Olivera
Blog creado por alumnos de 5to. año de la Escuela San Martín de Porres con el fin de informar y concientizar sobre la Violencia contra las mujeres.

"No te golpea por ser alta o baja, gorda o flaca, necia o inteligente, licenciada o analfabeta... te golpea por ser mujer."
"En el proceso de la violencia es importante que recuerdes que los ataques cada vez serán más frecuentes, cada vez serán más intensos y peligrosos, que este ciclo es imparable."
"La seguridad y supervivencia de las mujeres victimas de la violencia de género esta estrechamente relacionada con los logros y derechos que vayan alcanzando el conjunto de las mujeres."
Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de individuos con fines de explotación, tanto sexual como laboral.
Se considera que explotación es: mantener a una persona en una condición de esclavitud; o someterla a prácticas análogas a la misma; u obligar a un individuo a que realice trabajos o servicios forzados; o mantener a una persona en condición de servidumbre; o promover, facilitar, desarrollar u obtener provecho de cualquier forma de comercio sexual; o, por último, la extracción ilícita de órganos humanos.¿Qué es la explotación? ¿Existen leyes que castiguen y persigan este delito en nuestro país? Sí. En 2008 se aprobó la ley 26364 de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas. En diciembre de 2012 se votó una reforma (ley 26842), que entre otras cosas, aumenta penas, agiliza los procedimientos judiciales y elimina la figura del consentimiento de la víctima, que hasta esta modificación era una diferencia importante entre las víctimas menores y mayores de 18 años. Amplia las condenas para los delitos de explotación sexual simple entre 2 y 4 años y eleva la condena de 5 a 15 años en los casos agravados (la víctima quede embarazada o menores de edad). También elimina el consentimiento como elemento exculpante para quien sea responsable de promover la prostitución y explotar a una mujer.Asimismo, la norma crea un Consejo Federal para la lucha contra la trata y un Comité Ejecutivo que se encargue de asistir a las víctimas.
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Asistencia a las victimas de trata La ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas vigente en la Argentina, reformada a fines del año 2012, tiene por objeto la implementación de medidas destinadas no solo a prevenir y sancionar este flagelo sino también, a asistir y proteger a sus víctimas. En ese sentido, el Estado Nacional garantiza a la víctima, como garantías mínimas, las de recibir información sobre los derechos que le asisten en su idioma y en forma accesible a su edad y madurez, de modo tal que se asegure el pleno acceso y ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales que le correspondan. Asimismo, se le garantiza asistencia psicológica y médica, gratuitas, con el fin de garantizar su reinserción social; alojamiento apropiado, manutención, alimentación suficiente y elementos de higiene personal. Por otra parte, dice la ley que se le garantiza capacitación laboral y ayuda en la búsqueda de empleo. También el asesoramiento legal integral y patrocinio jurídico gratuito en sede judicial y administrativa, en todas las instancias, es compromiso asumido por el Estado Nacional. De la misma manera, es garantía la protección eficaz a toda posible represalia contra su persona o su familia. Las víctimas podrán permanecer en el país, como podrán retornar a su lugar de origen. En los casos de víctimas residentes en el país que, como consecuencia del delito padecido, quisieran emigrar, se les garantizará la posibilidad de hacerlo. Toda víctima gozará de la protección de su identidad e intimidad y de la incorporación o reinserción en el sistema educativo. En caso de víctimas menores de edad, se garantizará que los procedimientos reconozcan sus necesidades especiales que implican la condición de ser un sujeto en pleno desarrollo de la personalidad. Se procurará la reincorporación a su núcleo familiar o al lugar que mejor proveyere para su protección y desarrollo. |